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Entra en vigor el Reglamento de Segunda Actividad de la Policía

Adecua la labor de los agentes a su edad, condición física o psicofísica y por embarazo

El Reglamento de Segunda Actividad para la Policía Local de Yecla, aprobado por el pleno municipal, entra en vigor este mes de febrero una vez que el pasado 24 de enero fue publicado por el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

El concejal de Tráfico y Seguridad Ciudadana, Juan Miguel Zornoza, ha destacado que “el texto, se convierte en la primera norma de este tipo en el ámbito de la Región de Murcia. El fundamento de su aprobación se basa en la propia Ley de Coordinación de Policías Locales, que establece la segunda actividad como un derecho de los miembros de las policías locales, y procura tal y como establece su exposición de motivos, de un lado, rentabilizar los efectivos personales de la Policía Local que por determinadas circunstancias no se encuentran en condiciones de adecuadas par prestar las funciones operativas, y de otro, mantener las funciones y servicios propios de la Policía en el mayor nivel de prestación que resulte posible”.
El reglamento determina el número total de plazas que se pueden destinar a puestos de segunda actividad, el 10% del número total de plazas de la plantilla del cuerpo. También se establece tres casos en los que se podrá pasar a esta situación administrativa: por edad, por insuficiencia física y/o psicofísica y por embarazo.
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