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sábado, 5 octubre, 2024
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LAS CANTIMPLORAS DE PÓLVORA PRECINTADAS PODRÁN ESTAR HASTA 96 HORAS EN LOS DOMICILIOS

El BOE publica la modificación de la normativa

A. quintanilla

El pasado martes 28 el BOE publicó la modificación de la ITC (Instrucción Técnica Complementaria), referente a las “Manifestaciones festivas con uso de armas de avancarga”, del Reglamento de Explosivos, “ampliando el período máximo de almacenamiento de las cantimploras precintadas en los domicilios particulares de los participantes activos, de 72 a 96 horas desde el inicio del reparto de pólvora hasta el inicio del último acto de arcabucería asociado a cada reparto”, según celebró la Asociación de Mayordomos en una nota de prensa remitida a este periódico.

“Asimismo, y excepcionalmente, previo informe favorable de la Intervención de Armas y Explosivos de la Comandancia de la Guardia Civil, el cómputo de 96 horas se podrá iniciar en el día y hora del comienzo del primer acto de arcabucería, cuando el trasvase y reparto se tenga que realizar con uno o varios días de antelación a los actos de arcabucería, por así exigirlo la reglamentación del transporte de explosivos”.

En el mismo comunicado, la Asociación explica que se trata de “una reivindicación que desde ‘Los Pueblos de la Pólvora’, cuya presidencia recae actualmente en Yecla, se llevaba exigiendo desde antes de la publicación de la citada ITC 26 en el año 2017”.

La modificación de la norma viene motivada principalmente por la interpretación que se planteó el pasado año con motivo de la celebración de las Fiestas de la Virgen que dejaba fuera del cómputo a los días festivos a la hora de realizar los repartos.

Una interpretación presentada por la Asociación de Mayordomos en colaboración con los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Yecla ante la Delegación del Gobierno y que fue aceptada tanto por la propia Delegación como por el Ministerio del Interior y que hizo posible que los repartos de pólvora en Yecla se realizaran con total normalidad, instando indirectamente a la modificación del apartado 6.4 de la Instrucción Técnica 26 del Reglamento de Explosivos.

Para la Asociación de Mayordomos, “significa sin duda un gran logro conseguido gracias a un trabajo calmado pero efectivo que ha comenzado a dar sus frutos y que estamos convencidos de que con esfuerzo conseguiremos mejorar progresivamente los aspectos más desfavorables de la ITC26 para el desarrollo de todas las fiestas que llevan a cabo actos de arcabucearía, un patrimonio global que nos une y nos da fuerzas para seguir adelante”.

 

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