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¡¡¡POBRE CONSTITUCIÓN!!!

El pasado 6 de diciembre se cumplieron 44 años en que los españoles ratificamos en referéndum la Constitución española. Fue fruto de un gran pacto fundador y de consenso de todo el espectro político existente en esos días.

La Constitución española contiene una serie de reglas, normas y principios, que dan lugar a una ley suprema que debiera prevalecer sobre todas las demás leyes. Estas normas debieran de ser cumplidas por todos los españoles, sin distinción alguna. La Constitución, en su concepto, nace para proteger la libertad y la seguridad de todos. En ella se organizan los poderes del Estado (legislativo, ejecutivo y judicial). Por otro lado, refleja una serie de derechos y libertades de los españoles que esos mencionados poderes no pueden, mediante su actuación, lesionar en modo alguno.

Estamos oyendo últimamente que hay que reformar la Constitución, pero lo primero que habría que pedir es que se cumpla. Creo que esas reformas que se piden van encaminadas a que “algunos” se vean beneficiados, y así poder actuar de forma libre y sacar beneficio particular de sus actuaciones, impidiendo así que la ley caiga sobre ellos.

¿Por qué digo que primero hay que hacer cumplir la Constitución?

Artículo 1: “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho…”

Aunque la división de poderes no está específicamente recogida en nuestra Constitución, sí refleja en sus artículos que estos poderes tienen la finalidad de evitar el abuso en el ejercicio del poder, algo que desgraciadamente los españoles estamos presenciando en los últimos tiempos.

El Consejo de Derechos Humanos de la ONU declaró que para que exista la democracia debe existir la separación de poderes y la independencia del Poder Judicial. Esta separación de poderes e independencia del Poder Judicial es lo que nos separa de vivir en un estado de derecho o en un totalitarismo

Desde que en 1985 Alfonso Guerra dijera “Montesquieu ha muerto” la lucha para controlar los tres poderes en España ha sido la meta de algunos partidos políticos y, si me apuran, de todos.

Dando un repaso de cómo son elegidos los tres poderes podremos ver el gran interés y la gran lucha por controlar estos, y de esta forma, actuar sin ningún control ante los abusos de poder sin temor a ser juzgados.

 

El Poder Legislativo: Congreso y Senado. Sus componentes son elegidos cada cuatro años por los españoles. Debido al sistema electoral existente. (Que es necesario cambiar). Estos son los encargados de nombrar el Gobierno o Poder Ejecutivo, de aprobar leyes, y controlar al Gobierno o Poder Ejecutivo.

Nos queda el Poder Judicial, que tiene la función de garantizar el cumplimiento de las leyes, y de vigilar el cumplimiento de la Constitución por parte de los ciudadanos e instituciones. En teoría, sus componentes debieran ser elegidos por los mismos jueces, como así lo ha manifestado en varias ocasiones la CEE. Pero vemos que en España este poder también depende del Poder Ejecutivo y Legislativo. Sus componentes son elegidos por una mayoría de tres quintos de las dos cámaras, de entre jueces, magistrados y juristas de reconocida competencia.

Por otro lado, está el Tribunal Constitucional cuyos integrantes también son designados por el Congreso y por el Senado. Cuatro, a propuesta del Congreso; cuatro, a propuesta del Senado; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

Vemos que este sistema da lugar a que los señores parlamentarios controlen los tres poderes ya que tienen una gran influencia a la hora de elegir los miembros de los diferentes órganos del Judicial. Este hecho hace que el Poder Judicial pierda su total autonomía, imprescindible para que pudiese existir una separación de poderes y que, por lo tanto, todos fuésemos iguales ante la ley; se puede entender la lucha indignante para controlar el Poder Judicial por parte de los partidos políticos.

El único interés de los políticos es campar a sus anchas y así evitar ser juzgados como todos los demás. Cuando el poder judicial esté controlado por los partidos políticos la Democracia dependerá de que estos partidos sean democráticos, cosa que me crea muchas dudas. A mi juicio, la Democracia está en peligro.

¿Por qué, si no, se quiere cambiar la composición del poder Judicial, de tres quintas partes de votos a favor, por una mayoría simple?

Artículo 2: “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española”.

Por desgracia, todos hemos y estamos siendo testigos de los grandes problemas existentes sobre la unidad de España. Esta no solo está siendo cuestionada por algunas autonomías sino desde el gobierno de la Nación, lo cual es más preocupante.

Artículo 3: “1. El castellano es la lengua española oficial del estado”.

Este artículo, en lo relativo al deber de conocer y usar el castellano, en algunas autonomías se está incumpliendo. En estas comunidades el castellano está relegado totalmente, incumpliendo con ello la Constitución.

Artículo 4: 1 – …Las banderas de cada autonomía se utilizarán junto a la bandera de España en edificios públicos y en actos oficiales.

El punto dos del Art. 4, sobre la bandera de España, es otro de los incumplimientos de nuestra Constitución. Hemos podido ver como en numerosos casos la bandera, no solo no se utiliza, sino que se pisotea y quema.

Artículo 6: “Los partidos políticos expresan el pluralismo político (…) Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos”.

¿Alguien piensa que dentro de los partidos políticos existentes en España hay en su estructura democracia? Algunos partidos, disimulan con primarias, elecciones asamblearias… La realidad existente es: si eres amiguete del “jefe” estarás en la lista, pero el que se mueva de la directriz que marca el “jefe” desaparece de la foto. Siempre queda la posibilidad de crear otro partido, y así convertirse en “jefe”. Todo, menos democrático.

Artículo 7: “Los sindicatos y asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de…”

Todos hemos sido testigos de lo ocurrido en Andalucía, del uso indebido de fondos destinados a la formación de parados. También hemos sido testigos de cómo consejeros de Caja Madrid, representantes de partidos políticos, así como representantes de sindicatos, han estado implicados, en el uso de las” tarjetas black”.

Artículo 14: “Los españoles son iguales ante la ley…”.

El incumplimiento de este artículo nos podría llevar todo un día pero sólo me voy a referir a los más descarados. Lo mejor sería decir que somos iguales ante la ley, pero unos más que otros.

Según el Artículo 410 de la ley de enjuiciamiento criminal, si un juez nos llama a declarar tenemos que hacerlo en persona, pero a continuación en los artículos 411 y 412, se exceptúan españoles con “pedigrí”, los cuales pueden hacerlo por escrito. Por nombrar algunos: El Rey y Reina, consortes, Príncipe heredero, regentes, familia real, diplomáticos, componentes de misiones diplomáticas. Presidente y miembros del gobierno, presidente del Congreso, presidente del Constitucional, etc… Lo dicho: todos somos iguales ante la ley, pero algunos más que otros.

Otra desigualdad ante la ley, entre otras muchas que se nos presentan, son las relativas a privilegios fiscales de nuestros diputados y senadores, veamos:
Los 350 diputados y 208 senadores perciben dietas y pagos en especie, casi la mitad del sueldo que perciben. Esta remuneración está libre de impuestos. Estos privilegios hacen que unos 12 millones de euros mensuales estén exentos de tributar, es decir que 144 millones de euros al año dejan de tributar para las arcas del Estado.

Excepto honrosas renuncias por parte de sus señorías, tienen un bono de taxis por valor de 3.000 euros al año, un móvil y un portátil. Si nosotros recibimos por parte de nuestra empresa alguna ayuda de este tipo, tienen que estar fiscalizadas por Hacienda.
¡¡¡Claro, legislan ellos!!! Y en vez de dar ejemplo, legislan a su favor.

Creo, que más de uno, nos hemos preguntado: ¿Si cobran dietas por desplazamiento y manutención porque viven fuera de Madrid, los que se alojan en casa propia o de familiares, debieran cobrar estas dietas? Si disponen de un servicio de hostelería, con unos precios muy por debajo del mercado, con una subvención anual de 1,5 millones de euros, ¿por qué tenemos que pagarles dietas de manutención? ¿Alguno de los demás españoles tenemos esas ayudas?
¡¡¡Claro, Legislan ellos!!! ¿No deberían equipararse al régimen general de dietas de los demás contribuyentes?

Artículo. 31: “Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo…”.

Tampoco somos iguales ante la ley tributaria, dependiendo de en qué Comunidad Autónoma vivamos no pagamos los mismos impuestos en herencias y transmisión de patrimonio. La triste realidad es que no existe democracia presupuestaria y tributaria. Los ciudadanos pagamos al estado en impuestos, más de la mitad de lo que ganamos, recibiendo poco a cambio; mientras, los partidos, sindicatos y patronales, y sus afectos nacionales y autonómicos, se lo llevan bien calentito. En España, las grandes empresas pagan porcentualmente muchos menos impuestos que las medianas o pequeñas, y los ricos y las grandes fortunas muchísimos menos que las clases medias o bajas.

¿Alguien piensa que en España no existe un sistema tributario confiscatorio?
“El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía…”

Todos hemos sido testigos de que cuando hay que hacer “ajustes” presupuestarios sus señorías se refieren a hacer recortes, es decir, rebajar el dinero de esa partida. Estos recortes siempre van dirigidos sobre todo a Sanidad, Educación y Política Social. Pocas veces esos recortes van dirigidos a partidas correspondientes a asignaciones de políticos, sindicatos, partidos políticos…
Podríamos seguir con la gran cantidad de artículos de la Constitución, que no se cumplen, pero, necesitaríamos el periódico entero. Solo, para terminar, propongo hacernos una serie de preguntas sobre artículos de nuestra Constitución que debieran cumplirse:

¿La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización…? (Art.103.1).

¿Se cumplen las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales?? (Art.118)

¿El Ministerio Fiscal, promueve la acción de la justicia, en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos… y vela por la independencia de los Tribunales?
¿Hablamos de Educación, Sanidad, Derecho al trabajo?

La Constitución española, seguramente, se puede mejorar pero es la norma jurídica vigente y, como tal, ha de ser cumplida por todos y, sobre todo, por los poderes públicos.

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