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sábado, 28 febrero, 2026
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Por coherencia

Francisco de Paula García Vélez

Semanas pasadas escribí dos artículos que ahora, por coherencia y por desgracia, son de aplicación a un hecho que afecta al Cuerpo Nacional de Policía, en el que he trabajado durante 41 años, y al que sigo perteneciendo. El primero de los escritos versaba sobre la necesidad de salvaguardar la presunción de inocencia de cualquiera que sea acusado de un delito, hasta que un Juez o Tribunal dicta una sentencia firme en la que se le considere autor del hecho imputado. El segundo de los escritos, publicado la semana pasada, versaba sobre la necesidad de que los miembros de una organización (en ese escrito me refería a los partidos políticos) manifestasen públicamente su opinión sobre las medidas que llevan a cabo sus órganos centrales para que la opinión pública conozca su postura sobre los mismos.

Pues bien, por coherencia con lo expuesto en esos escritos hoy expreso mi opinión sobre la querella criminal presentada contra el Director Adjunto Operativo del Cuerpo Nacional de Policía (máximo cargo que puede alcanzarse en el Cuerpo), por una Inspectora de dicho Cuerpo, en la que se le acusa de haber sido agredida sexualmente por el citado mando policial.

En primer lugar, expresar mi máximo apoyo a la presunta víctima, y mi más contundente repulsa contra los hechos presuntamente cometidos por el mando policial. Dicho esto, me parecen muy bien las manifestaciones de repulsa de los sindicatos policiales y otros, pero como ya expresé en el primero de los escritos, me parece precipitado que sin existir una condena firmen ya se esté pidiendo que sea despojado de las condecoraciones que con anterioridad le fueron concedidas. Eso, según el principio de la presunción de inocencia, corresponderá pedirlo una vez sea condenado, si es que así lo establece un Juez o Tribunal en una sentencia firme.

En segundo lugar, y como ya he dicho antes, mi más absoluta repulsa ante los presuntos hechos denunciados, pues en caso de confirmase los mismos en sentencia firme son de una gravedad extrema, no solo por el alto cargo que ocupa el acusado, sino por haberse presuntamente cometido por un miembro de un cuerpo policial encargado precisamente de la persecución de los delitos, entre ellos, lógicamente, los que atentan contra la libertad sexual.

Quiero poner de manifiesto mi admiración por la valentía de la victima de denunciar los hechos, pues al ser un cuerpo muy jerarquizado suele haber temor a algún tipo de represalia cuando se denuncia a un superior, y también existe el temor a que se produzca un cierto “aislamiento social” dentro del cuerpo, pues siempre suele haber, por desgracia, quien ve a la víctima como una traidora por airear los trapos sucios bajo un equivocado concepto de “lealtad al cuerpo”. Precisamente estas circunstancias explican la razón por la que la presunta víctima ha acudido a servicios externos al cuerpo para denunciar los hechos, pese a que el cuerpo tiene protocolos internos para estos casos, que lógicamente son atendido por policías que hacen su trabajo de forma impecable, pero eso no evita que la presunta víctima pueda tener cierta falta de confianza en las estructuras internas, aunque cuando estas puedan ser infundadas.

Estos hechos por desgracia se dan, aunque también es cierto que suelen ser puntuales lo que no les quita gravedad, y la respuesta institucional y penal, en caso de darse, debe ser ejemplar para conseguir erradicarlos. En ningún caso está justificada una agresión sexual a una mujer, pero mucho menos si esta se comete por alguien cuya principal obligación es perseguir delitos, todo ello en el caso de que así se demuestre.

(*) Francisco de Paula García Vélez, es Comisario Honorario del Cuerpo Nacional de Policía.

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